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Admiten amparo para cancelar nombramiento de magistrado violentador

El Juzgado Quinto de Distrito en la entidad admitió una demanda de amparo presentada por colectivas y activistas, y que podría anular el nombramiento que, de forma inconstitucional, hizo el Congreso del Estado de Luis Armando del Jesús Mendoza Casanova como magistrado del Poder Judicial, a pesar de tener antecedentes de violencia en contra de mujeres, así como de haber puesto en libertad a al violador de una niña de seis años cuando fue Juez.

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 17 enero de 2024.- El Juzgado Quinto de Distrito en la entidad admitió una demanda de amparo presentada por organizaciones de la sociedad civil y activistas y que podría anular el nombramiento que, de forma inconstitucional, hizo el Congreso del Estado de Luis Armando del Jesús Mendoza Casanova como magistrado del Poder Judicial, a pesar de tener antecedentes de violencia en contra de mujeres, así como de haber puesto en libertad a al violador de una niña de seis años cuando fue Juez.

Mujeres integrantes del Frente por los Derechos de las Mujeres en Yucatán y de otras agrupaciones acudieron hoy al Congreso del Estado para comunicar al Legislativo del avance en este proceso que tiene como finalidad garantizar la paridad de género y que la justicia sea con perspectiva de género.

La demanda del amparo 32/2024 fue admitido mediante acuerdo de fecha 15 de enero y notificado a las promoventes con fecha 16 de enero del presente año, quienes señalaron que esta admisión es un paso importante, puesto que abre la posibilidad de que la Jueza Grissel Rodríguez Febles del Juzgado Quinto de Distrito en el estado analice la inconstitucionalidad derivada del nombramiento de Mendoza Casanova, inconstitucionalidad en la que incurrieron tanto el Ejecutivo como el Legislativo.

“La admisión del amparo por el Juzgado Quinto de Distrito es positiva y abre la puerta al acceso a la justicia para las niñas y mujeres de nuestra entidad, por lo que confiamos en que el análisis de las violaciones constitucionales planteadas sea realizado con apego a estas consideraciones”, expusieron.

Explicaron que, una vez admitido el amparo, las autoridades señaladas como responsables que son el Congreso del Estado y el Ejecutivo, deberán emitir sus informes a la Jueza del Juzgado Quinto, quien a partir de la entrega de dichos informes,  deberá valorar si el acto que reclamaron las organizaciones y mujeres en lo individual significó una violación a la Constitución Federal y Estatal, situación que deberá resolver con posterioridad a la audiencia señalada para el día dieciséis de febrero del presente año.

El amparo se presentó básicamente por tres cosas:

Violación del principio de paridad. El Gobernador del estado, quien propuso la terna de candidatos a ocupar la magistratura, como el Congreso del estado, que designó al magistrado,  violaron el requisito de garantizar el derecho a la paridad de género en el nombramiento de magistradas y magistrados, establecido en el párrafo tercero del artículo 65 de la Constitución del estado de Yucatán, en relación con el principio de igualdad entre el varón y la mujer protegido por el artículo 4 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos.

Violación al procedimiento de nombramiento. Los requisitos establecidos en los artículos 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 64 fracción II de la Constitución del estado de Yucatán, en virtud de que durante el proceso legislativo que culminó con el nombramiento de Mendoza Casanova, se pasó por alto la obligación que tienen, tanto el gobernador del estado en su calidad de promovente de la terna, como el Congreso del estado en su calidad de revisor de las propuestas, de proponer y nombrar a personas que gocen de buena reputación, que cuenten con una trayectoria laboral intachable y que se hayan conducido con ética en el desempeño de sus funciones (antecedentes y denuncias de violencia de género, la toka 153/2019, en la que se le indica capacitarse en Derechos Humanos y derechos de las infancias, situación que negó durante su comparecencia en el Congreso) .

Violación al mandato de Juzgar con perspectiva de género. El nombramiento de Mendoza Casanova como magistrado significa una violación a la obligación de Juzgar con perspectiva de género, obligación que debe ser garantizada desde el momento en que se propone a personas para integrarse a un Juzgado o Tribunal. Un juzgador con los antecedentes de Mendoza Casanova, representa un riesgo para el acceso a la justicia con perspectiva de género de las niñas, adolescentes y mujeres que viven en el estado de Yucatán

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