Género y Derechos Humanos

Anuncia UADY actualización de Protocolo para la Prevención de Violencia de Género  

Entre las modificaciones que se hicieron está la ampliación del plazo para la presentación de una queja de 12 a 18 meses, así como se estableció la imprescriptibilidad respecto a la conducta de abuso sexual, cometida en contra de personas menores de 18 años de edad.

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 15 diciembre de 2023.- La Universidad Autónoma de Yucatán informó que el Consejo Universitario aprobó la actualización del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción de la Violencia de Género, Discriminación, Hostigamiento, Acoso y Abuso Sexuales

Durante la sesión extraordinaria realizada en el Salón del Consejo del Campus de Administración Central de la UADY, se presentó el Dictamen de la Comisión Permanente Legislativa en el que se establece la viabilidad de la propuesta que presentó el rector Carlos Alberto Estrada Pinto el pasado 31 de agosto del presente año.

Se expuso que para la realización de estas modificaciones se tomaron en cuenta los resultados de los Talleres “Diálogos participativos para la actualización del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción de la Violencia de Género, Discriminación, Hostigamiento, Acoso y Abuso Sexuales de la UADY”, que se realizó de enero a mayo de 2023 y que involucró a integrantes de dicho cuerpo colegiado, alumnado, personal docente, colectivas, asociaciones civiles e instituciones gubernamentales.

De acuerdo con el documento, entre las modificaciones realizadas se encuentran la revisión integral del Protocolo para el uso de lengua incluyente y con perspectiva de género, en aras de fortalecer la visualización de las juventudes y adolescencias.

Además, se incorporaron de manera enunciativa, más no limitativa, medidas de protección, entre ellas, la prohibición para la persona señalada de acercarse o comunicarse con la persona quejosa; cambios de turno, grupo o de aula cuando sea pertinente o bien de apoyo académico en las actividades escolares para no afectar el rendimiento, así como seguimiento acucioso y puntual para la protección de la persona quejosa.

De igual manera, se integró la ampliación del plazo para la presentación de una queja de 12 a 18 meses. También, se agregaron los Principios de Yogyakarta respecto al derecho a una educación sin discriminación de género por orientación o identidad de género.

Asimismo, se estableció la imprescriptibilidad respecto a la conducta de Abuso Sexual, cometida en contra de personas menores de 18 años de edad.

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