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Aumentan penas para agresores sexuales de las infancias

El Congreso del Estado aprobó aumentar a 20 años el castigo para quien cometa el delito de abuso sexual infantil, y que se lleve a los tribunales a quienes induzcan a los menores de edad a consumir tabaco.

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 5 de abril de 2023.- El Congreso del Estado aprobó aumentar a 20 años el castigo para quien cometa el delito de abuso sexual infantil, y que se lleve a los tribunales a quienes induzcan a los menores de edad a consumir tabaco.

La diputada Karla Franco Blanco sostuvo que el Estado tiene la obligación de aplicar todo el peso de la ley a quien lesione a un menor y no hay que permitir que esta reprobable conducta siga en aumento.

“Este delito lastima y afecta severamente a la víctima y su entorno familiar, ya que es una de las peores formas de violencia contra la niñez y adolescencia. Lamentablemente, es cometido por personas cercanas al menor de edad, ya sea por familiares, educadores o amigos, por lo que es importante insistir en que los niños son las víctimas, nunca los culpables”, señaló. 

La legisladora recordó que los casos de abuso sexual  han ido en aumento en Yucatán, pues  de acuerdo a los índices del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2021 ocurrieron 59  y el año pasado se registraron 78.

“Este problema social va al alza y no podemos permitir que Yucatán cuente con cifras negativas que sigan afectando la niñez de nuestra sociedad. Por eso, la Fracción Legislativa del PRI presentó esta iniciativa, con la finalidad de elevar las medidas punitivas en razón de garantizar la respuesta institucional en favor de las infancias”, sostuvo.

Karla Franco explicó que se reformó el artículo 310 del Código Penal del Estado, por lo que castigará el abuso sexual infantil con una pena de 12 hasta los 20 año de prisión y de 600 a 3 mil días multa, pudiendo  incrementarse si hay violencia física o psicológica.

En la sesión legislativa también se aprobó otra iniciativa de la bancada del PRI en materia de corrupción de menores e incapaces, que consiste en adicionar al tipo penal lo relativo al consumo de productos de tabaco, para que se castigue a las personas que induzcan, fomenten, faciliten u obliguen al menor de edad a consumir cigarrillos o sus derivados. 

La base de esta propuesta se motiva principalmente en los datos de la Encuesta Nacional sobre Adicciones, los cuales indican que el consumo de tabaco empieza cada vez en edad más temprana, ya que pasó de los 15 años en el 2018, a los 13 en 2020, con un consumo de mínimo 10 cigarros al día.

“El consumo de tabaco en adolescentes es uno de los principales problemas de salud pública en nuestro país, toda vez que, de acuerdo a índices de la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC), alrededor de 74 mil menores de edad fuman a diario, 611 mil son fumadores ocasionales y 25 mil ya tienen una adicción”, advirtió.

Dijo que esta situación resulta alarmante si tomamos en cuenta que, según pronósticos de la Secretaría de Salud federal, en la próxima década habrá casi 100 mil casos de infartos al miocardio, 15 mil de cáncer de pulmón y más de un millón de muertes prematuras por tabaquismo.

“En Yucatán, el consumo de tabaco en estudiantes de secundaria representa el 25 por ciento para hombres y el 14.5 para mujeres, mientras que la media a nivel nacional fue de 23.8 por ciento y 17.7, respectivamente, lo que se traduce en que los adolescentes del estado fuman más que los  adolescentes de otras entidades. Bajo este parámetro, estamos obligados a prevenir y revertir esta tendencia, hay que expresar que el delito de corrupción de menores e incapaces tiene que modificarse para que se castigue a quien ofrezca un cigarrillo o producto con tabaco a un infante o adolescente”, declaró. 

Karla Franco subrayó que no podemos justificar o  ignorar que muchas veces el consumo de cigarrillos se tolera, incluso con consentimiento de la familia o amigos que conforman el núcleo cercano al menor de edad. Por tal razón, es necesario sentar el precedente para que las autoridades de procuración y administración de justicia puedan llevar ante los tribunales a cualquier persona que dañe su salud y sea sancionado hasta con 10 años de cárcel

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