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Juzgado suspende operaciones de granja porcícola en Santa María Chi

Tras presentar un amparo por parte 30 niñas, niños y adolescentes, acompañados por el Instituto Federal de Defensoría Pública, un juzgado federal ordenó suspensión provisional y la inmediata paralización de operaciones de la granja porcícola ubicada en Santa María Chí, en Mérida, para que ya no introduzcan más cerdos. El próximo lunes 18 de diciembre se decidirá sobre la suspensión definitiva, hasta en tanto se resuelva el juicio en lo principal.

Por Redacción

Ciudad de México, 13 diciembre de 2023.-La Jueza Cuarta de Distrito en Mérida, Yucatán, admitió una demanda de amparo y concedió la suspensión provisional de la granja porcícola de Santa María Chí, para el efecto de que “las autoridades responsables en el ámbito de su competencia, ordenen la inmediata paralización de operaciones de la citada granja, esto incluye detener la introducción de más cerdos a la granja”.

Luego de que el pasado 28 de noviembre de 2023, niñas, niños y adolescentes de Santa María Chi, presentaran una demanda de amparo en contra de la SEMARNAT, PROFEPA, CONAGUA, el Gobernador de Yucatán, la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), el Alcalde de Mérida y la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento del citado municipio, por la operación y funcionamiento de la granja de cerdos denominada “Granja Porcicola Santa María” que alberga aproximadamente 42 mil cerdos desde hace aproximadamente 30 años.

También se llamó a juicio como terceras interesadas a las empresas “Pecuaria Peninsular S.P.R de R.L de C.V.”, “Chumoxil, S.A de CV.” y a “Grupo Porcicola San Gerardo” cuyos representantes legales son: Oswaldo Loret de Mola Coldwell y Francisco José Loret de Mola Díaz, quienes son los encargados de que opere y funcione la citada granja.

Santa Maria Chi pertenece a Mérida y forma parte de la Reserva Estatal Geohidrológica del Anillo de Cenotes, la cual es la más importante de aguas subterráneas a nivel internacional; además, alrededor de dicha comunidad se ubican otros lugares ecosistémicos que brindan diversos servicios ambientales a esa colectividad, tal es el caso de la aguada de Sitpach, el cenote Xpuchil y el cenote el Altillo, los cuales se han visto afectados por la operación de la granja porcícola.

En la demanda de amparo se reclaman violaciones al derecho a la salud, al agua, al medio ambiente sano y a los principios en los que se fundamenta este derecho, como lo son: el principio de prevención, el principio de precaución, el principio in dubio pro natura, el principio de participación ciudadana, el principio de no regresión y el principio de equidad intergeneracional; así como también, el derecho a la consulta indígena y al consentimiento previo, libre e informado y los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, todos estos derechos relacionados fundamentalmente con el principio del interés superior de la infancia y adolescencia, el cual se encuentra reconocido en la Constitución Federal y en la Convención sobre los Derechos del Niño.

En ese sentido, en la suspensión concedida, la Jueza Federal reconoció “el interés legítimo de los niños, niñas y adolescentes para reclamar la operación de la granja porcicola, ya que esta afectará múltiples de sus derechos, entre los que se encuentran los relativos a un medio ambiente sano, a una vida digna, al agua y al equilibrio ecológico”.

Aunado a lo anterior, la Jueza fue enfática en señalar que, “…existe un peligro inminente de que, al continuar ejecutándose el acto reclamado, se provoquen perjuicios de difícil reparación para los quejosos, especialmente en atención a los derechos que estiman violados, que son tan sensibles”.

Asimismo, la juzgadora reconoció que “…es sabido que establecimientos de ese tipo generan un fuerte impacto ambiental… Ello genera la presunción de que existe un riesgo inminente de afectación al medio ambiente y desequilibrio ecológico grave”.

Dicha determinación provisional fue confirmada por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito con sede en Mérida, Yucatán el pasado 6 de diciembre, en la que además ordenó: ” […] que las autoridades responsables deben realizar las visitas a la granja aludida para verificar el cumplimiento de la suspensión provisional y remitir a la juzgadora federal las constancias que acrediten esa situación, ello, hasta en tanto se resuelve sobre la suspensión definitiva.”

El próximo 18 de diciembre se llevará a cabo la audiencia incidental en donde la Jueza definirá si mantiene la suspensión definitiva mientras se resuelve el amparo presentado por el riesgo que representa la operación de la granja a los derechos de la infancia de Santa María Chi. El IFDP continuará acompañando a la colectividad.

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