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Prevaleció la violencia política contra las mujeres en el proceso electoral

Se dio a conocer que en el pasado proceso electoral prevaleció la violencia política contra las mujeres en razón de género, además de que se confirmaron varios casos de usurpación de candidaturas como acciones afirmativas.

Por Líneas Emergentes

Mérida, Yucatán, 10 julio de 2024.- En el pasado proceso electoral prevaleció la violencia política contra las mujeres en el proceso electoral, así como se registraron casos emblemáticos de usurpación de candidaturas como acciones afirmativas, reveló el estudio “ElectoAlertaDH:  Monitoreo de los  Procesos  Electorales  2023-2024” que llevó a cabo el Centro por  la Justicia e Igualdad, A.C. (CEJUDI), en coordinación con Instituto Nacional Demócrata  para Asuntos Internacionales (NDI, por  sus siglas en inglés).

En este tenor, si bien hay avances en materia de inclusión, se expuso que también hay retos y desafíos ya que prevaleció la violencia política contra las mujeres en razón de género.

En rueda de prensa, María Paula Balam, directora de CEJUDI, destacó que este monitoreo tuvo como objetivo realizar un monitoreo del Proceso Electoral Local 2023-2024 de Yucatán, a través de un enfoque de derechos humanos con perspectiva de género e interculturalidad, en  materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, la Ley 3 de 3 contra la Violencia de Género y  las  acciones  afirmativas dirigidas a  personas indígenas y de la comunidad LGBTIQA+.

En el tema de la violencia política, se observó que la distribución de las candidaturas observadas evidencia una tendencia: que las candidatas son predominantemente asignadas a distritos electorales de competitividad media y baja, lo cual permite que prevalezca una participación no   equitativa y barreras estructurales que benefician en  mayor medida las candidaturas de  hombres en detrimento de las de las mujeres.

“Esta   problemática  constituye  violencia política en  razón de  género y  tiene como consecuencia que las mujeres no ejerzan plenamente sus  derechos político-electorales y que se perpetúe la desigualdad en la representación política”, se señala en el informe.

Lo anterior, añade, no solo vulnera los derechos humanos de las mujeres, sino que también debilita la democracia y perpetúa su exclusión en roles de liderazgo.

El 52.6% de todas las candidaturas fueron para hombres, ya que de las 603 personas postuladas  para cargos de diputaciones  locales  y  federales, presidencias   municipales   y  gubernaturas,  317  fueron  hombres,  285   mujeres  y  una persona se identificó como no binaria.

En un  análisis detallado, se identificó que para el cargo de presidencia municipal, en municipios  de alta  y media  competitividad  la  participación  de mujeres  y hombres no varía   significativamente.   Sin   embargo,  en  municipios   de  baja    competitividad   la participación de las mujeres es 53.2% y  la de los hombres 46.8%. Aunque parecería positivo,  la  postulación  de mujeres  en áreas de  baja   competitividad  partidista  se considera una  forma de violencia política contra las mujeres en razón de género, ya que la probabilidad de que sean electas disminuye considerablemente.

En   cuanto  a   la  aplicación  de  las  acciones  afirmativas,  de  las  544  candidaturas observadas,  219  fueron  por   acción  afirmativa  (40.26%),  de las  cuales  168 correspondieron  a  personas  indígenas  (38.88%)  y  13  a  personas de la  comunidad LGBTIQA+ (2.4%).

Pero se destacan  tres casos mediáticos  de usurpación  y  simulación  de candidaturas  por   acción  afirmativa:  Julián  Zacarías  Curí,  Esteban  Abraham Macari y Kathia  Bolio  Pinela.  Estos  casos reflejan  la  controversia  sobre la  transparencia  y  la representatividad en la postulación de candidatos que se autoadscriben o identifican como miembros de grupos históricamente discriminados.

En cuanto a la  Ley  3   de  3   contra  la  Violencia  de  Género,  se  encontró que  su implementación  ha  enfrentado desafíos  significativos y entre los  principales  obstáculos se encuentran la  falta  de un  marco claro  para verificar  antecedentes y  la  limitada capacidad institucional para procesar denuncias de violencia. Además, para registrar un caso en el  Registro  Nacional  de Personas Sancionadas,  la  sentencia  debe especificar explícitamente   esta  inclusión,   lo   cual   ha   sido   un   impedimento   en  varios   casos documentados.

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