Política y Gobierno

Alcalde de Valladolid incumple sentencia del Tribunal Electoral

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 16 de junio de 2023.- El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) decretó por no cumplida la sentencia del pasado 9 de mayo dictada en contra del alcalde de Valladolid, Alfredo Fernández Arceo  y el secretario municipal, Manuel Jesús Loría Santoyo, relativa al Juicio de Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), expediente 004/2023, promovido por dos regidores de esa localidad, a quienes aún no les entregan la documentación completa de la Cuenta Pública correspondiente al mes de diciembre del 2022.

Esta se resolución fue determinada por el Pleno del TEEY en sesión privada de Incidente de Cumplimiento de Sentencia celebrada el jueves 15 de junio, en la que también se le impuso una Amonestación Pública a los mencionados funcionarios municipales, en virtud de no haber cumplido en tiempo y forma con informar sobre el cumplimiento de la sentencia de mérito.

Como se recordará, el pasado 9 de mayo, el TEEY determinó como fundado el agravio promovido por dos regidores del Ayuntamiento de Valladolid en el JDC 004/2023, en contra del alcalde y el secretario municipal, por lo que les ordenó entregarles la documentación completa de la Cuenta Pública de diciembre del 2022, ya que sólo se les proporcionó un estado de resultados en la sesión de Cabildo del pasado 14 de febrero del año en curso.

En respuesta, el presidente municipal y el secretario municipal presentaron un oficio el pasado 24 de mayo a  la Oficialía de Partes de este órgano jurisdiccional, en el que informaron que se realizó una nueva sesión de Cabildo el día 22 de ese mismo mes, por lo que solicitaron que se les tengan por cumplido el fallo en comento.

Sin embargo, en las constancias de autos del juicio principal, así como de las que obran en el Incidente de Cumplimiento de Sentencia, no se advierte constancia alguna que acredite de manera plena y fehaciente que dichos funcionarios de Valladolid hayan dado cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva, en la cual, como se recordará, se les solicitó que entreguen a los regidores información contable, información presupuestaria, información programática e información complementaria de la Cuenta Pública de diciembre del 2022.

Por todo lo anterior, el TEEY determinó que se tiene por no cumplida la sentencia y conminó a las autoridades responsables que, ante la dilación injustificada en el cumplimiento de la sentencia, que dentro del término de tres días hábiles realicen las acciones necesarias y suficientes para entregar a los actores la documentación necesaria para conocer el sustento de la Cuenta Pública de diciembre del 2022 aprobada en la sesión de Cabildo del 14 de febrero.

En caso de persistir en el incumplimiento a la sentencia, se le impondrá una multa conforme a lo previsto en el artículo 42, fracción III de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Yucatán, equivalente a 100 Unidades de Medida y Actualización; y  se le dará vista al Congreso del Estado para que dentro de sus atribuciones sancione a los servidores públicos ante la posible actualización de alguna responsabilidad, y a la Fiscalía General del Estado para que de conformidad con el artículo 87 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Yucatán determine lo que conforme a derecho proceda, ante el incumplimiento de los deberes inherentes al cargo que ostentan.

En otros puntos abordados en la sesión privada, el Pleno del TEEY determinó que el alcalde de Tixkokob se encuentra en vías de cumplimiento de la sentencia dictada en su contra, pues acreditó que cumplió con el primer pago de las remuneraciones de las regidoras y el regidor que promovieron el JDC 050/2022.

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