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Deudores deberán garantizar reparación integral del daño por pensión alimentaria

Con la reforma aprobada al Código Penal, los deudores alimentarios tendrán que cubrir deudas, gasto de asesoría legal, pago de alimentos vencidos y manutención de menores, antes de poder extinguirse la acción penal.

Por Redacción

Mérida, Yucatán, a 11 de marzo de 2026.- El Congreso de Yucatán aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal del Estado para fortalecer la reparación del daño en los casos de incumplimiento del pago de pensión alimentaria, con el objetivo de garantizar que niñas y niños reciban una compensación económica completa.

La modificación establece que, al resolverse estos casos, la reparación del daño deberá incluir no solo el pago de los alimentos vencidos, sino también los gastos que hayan tenido que asumir las madres o tutores para sostener a los menores, como deudas adquiridas, asesoría jurídica particular u otros costos derivados de la manutención.

Además, la acción penal solo podrá extinguirse cuando exista certeza, por parte del Ministerio Público o del órgano judicial, de que se ha cubierto la reparación integral del daño.

El diputado de Morena, Wilmer Monforte Marfil, promovente de la iniciativa, señaló que la reforma busca garantizar el derecho de niñas y niños a recibir alimentos y evitar que los procesos concluyan sin que se compense totalmente el daño causado.

“Muchas mujeres han tenido que enfrentar una realidad muy injusta: litigar durante años para que se cumpla una obligación que debería ser inmediata. Hoy en este Congreso ponemos fin a esa injusticia; no hay extinción de la acción penal hasta que exista una reparación integral del daño”, afirmó.

El diputado del PRI, Gaspar Quintal Parra, expresó su respaldo al dictamen al considerar que fortalece el marco legal para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar.

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