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Por falta de convenio, personas en prisión preventiva no podrán votar

El Gobierno de Yucatán no firmó el convenio respectivo con el INE, por lo que las personas en prisión que no han recibido una sentencia, no podrán votar en las próximas elecciones, a pesar de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación así lo ordenó.

Por Líneas Emergentes

En el 2019 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que en las elecciones del próximo 02 de junio se aplicara un mecanismo para que las personas en prisión preventiva pudieran votar, pero, ante la falta del convenio entre el Gobierno estatal y el Instituto Nacional Electoral (INE), en Yucatán este segmento de la población no podrá ejercer ese derecho.

José Luis Aboytes Vega, secretario del Consejo Local del INE en Yucatán, explicó que para llevar a cabo este ejercicio de que las personas en prisión preventiva pudieran votar, es necesario contar con un convenio de coordinación, pero no se cuenta con éste.

Aseguró que el INE se acercó al Gobierno estatal a hacer las gestiones necesarias, pero no se logró. Y, como la fecha límite era el pasado mes de diciembre del 2023, ya no será posible.  

“Por el tiempo en que nos encontramos ya no se hace posible llevar a cabo este tipo de ejercicios, el tiempo para este convenio venció en el mes de diciembre. El convenio no fue firmado y ahora sería hasta las próximas elecciones del 2027 que se tendría otra vez la posibilidad para firmar un convenio”, dijo.

Así, unas 579 personas que se encuentran en prisión preventiva, es decir, que aun no reciben sentencia, no podrán ejercer su derecho a votar.

El Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional señala que a diciembre del 2023 la población en los Centros de Reinserción Social de Yucatán, por delitos del fuero común y del fuero federal, era de mil 724 personas, de las que 1,145 contaban con una sentencia y 579 estaban en prisión preventiva. Las personas en prisión preventiva representa el 33.5% de la población total en los Ceresos de Yucatán.

Cabe recordar que, por la sentencia SUP-JDC-352/2018 el TEPJF ordenó que se debe garantizar el derecho al voto de las personas en prisión preventiva en las elecciones de 2024.

Parte del argumento central de esta determinación es la presunción de la inocencia ya que toda persona imputada tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad.

A través de una solicitud de acceso a la información se le preguntó a la Dirección de Gobernación estatal sobre las acciones de coordinación que se llevan a cabo con el INE para garantizar al acceso al voto para las personas en prisión preventiva, la respuesta fue que la información es inexistente.

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