SCJN rechaza controversia del Ayuntamiento de Mérida sobre valores catastrales
La Corte validó la decisión del Congreso de Yucatán y mantuvo las tablas que regulan el impuesto predial.
Por David Rico
Mérida, Yucatán, 23 de septiembre de 2025.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en contra del Ayuntamiento de Mérida al rechazar la controversia constitucional presentada en torno a la actualización de valores catastrales y con ello dio la razón al Congreso del Estado.
En un comunicado, la SCJN informó que el Pleno confirmó la decisión de los legisladores yucatecos para mantener razonable el costo del impuesto predial y evitar que éste afecte de manera desproporcionada a las y los habitantes de Mérida. De esa manera, validó el artículo 46 de la Ley de Hacienda municipal, donde se establecen las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones.
Al analizar la Controversia Constitucional 11/2025, promovida por el Municipio de Mérida en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Yucatán, la Corte subrayó que cualquier actualización de costos debe estar plenamente justificada y derivar de mesas de análisis conjuntas entre el Congreso local y el Ayuntamiento, a fin de que se apliquen criterios objetivos y equitativos que realmente beneficien a la población.
El Ayuntamiento de Mérida había solicitado a la SCJN la invalidez del artículo 46 de la Ley de Hacienda, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2024, mediante Decreto 29/2024, sin embargo, la petición fue rechazada por el máximo tribunal.
En su momento, la alcaldesa Cecilia Patrón Laviada explicó que acudirían a la Corte en defensa de la autonomía municipal, después de que el Congreso estatal desechó la actualización de valores catastrales al considerar que provocaría un alza en el impuesto predial.
Patrón Laviada advirtió que la decisión legislativa afectaría de manera directa las finanzas del municipio, pues dejaría de percibir más de 100 millones de pesos derivados del predial, del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) y de recursos federales que dependen de los niveles de recaudación.
