Género y Derechos Humanos

Comunidades mayas obtienen suspensión para inspeccionar granjas porcícolas

Una jueza federal ordenó a autoridades ambientales realizar inspecciones y supervisiones en granjas señaladas por presuntas afectaciones al medio ambiente y la salud, mientras se resuelve un juicio de amparo promovido por comunidades de Yucatán.

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 30 de julio de 2026.- Comunidades mayas de cuatro regiones de Yucatán obtuvieron una suspensión definitiva dentro del juicio de amparo 1111/2026, con la que una jueza federal ordenó a autoridades ambientales llevar a cabo inspecciones, supervisiones y visitas técnicas en granjas porcícolas denunciadas por posibles afectaciones al medio ambiente y a la salud de la población.

En comunicado de prensa de la Red en Defensa del Agua y el Territorio Maya, se informó que el recurso legal fue promovido por habitantes de Kinchil, San Rafael, Santa Teresa Coahuila y Paraíso, en el municipio de Maxcanú; Chocholá, y Santa María Chi, comisaría de Mérida, quienes impugnaron el Convenio Específico de Coordinación suscrito entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) del Gobierno de Yucatán.

Entre los principales argumentos del amparo se encuentran la presunta falta de consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas antes de la firma del convenio, así como la omisión de las autoridades para investigar y atender denuncias relacionadas con la operación de granjas porcícolas.

Como parte de la resolución, la jueza ordenó que las autoridades competentes, dentro de sus respectivas atribuciones, realicen inspecciones sobre la instalación y funcionamiento de las granjas ubicadas en las comunidades promoventes, con el fin de verificar el cumplimiento de la legislación ambiental.

La resolución también establece que, en caso de detectarse irregularidades, las autoridades deberán ejercer las facultades legales correspondientes para proteger el medio ambiente y la salud de la población, además de informar al juzgado sobre las acciones emprendidas y las medidas correctivas o sancionatorias que, en su caso, resulten procedentes.

Las comunidades sostienen que el convenio impugnado tiene efectos directos sobre sus territorios y sus derechos colectivos, por lo que debió someterse a un proceso de consulta indígena conforme a los estándares nacionales e internacionales.

Asimismo, señalan que, pese a las múltiples denuncias presentadas por posibles impactos ambientales derivados de la actividad porcícola, las inspecciones y acciones de vigilancia no se realizaron de manera oportuna, lo que motivó la promoción del juicio de amparo.

El proceso jurídico cuenta con el acompañamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), cuyos abogados representan a las comunidades promoventes.

Los habitantes consideraron que la suspensión definitiva representa un avance en la protección de sus derechos al agua, a un medio ambiente sano, a la salud y a la participación en las decisiones públicas que puedan incidir sobre sus territorios, mientras continúa el análisis de fondo del juicio de amparo.

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