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Política y Gobierno

¡Congreso de Yucatán no da una! Ley de “Ciberacoso” era inconstitucional

Por deficiencias en la redacción, por la poca claridad y por deficiencias en la técnica legislativa, de nueva cuenta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le corrigió la plana al Congreso del Estado de Yucatán e invalidó el artículo 243 bis 12 del Código Penal del Estado de Yucatán, relativo al delito de ciberacoso, por lo cual ya no se podrá castigar este delito.
El máximo tribunal del país consideró que la norma no cumplía con el principio de taxatividad, el cual exige que los tipos penales sean claros, precisos y de exacta aplicación. No es la primera vez que el Congreso estatal incurre en estas deficiencias y acumula una larga lista de anomalías que le han valido la intervención de la SCJN.

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