SCJN respalda a comunidades mayas en batalla legal contra industria porcícola
La Corte reconoció el derecho de comunidades de Chapab y Kinchil a exigir consulta indígena y continuar su batalla legal.
Por Redacción
Ciudad de México a 27 de mayo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió este miércoles 27 de mayo el amparo en revisión 451/2025 y determinó que comunidades mayas de Chapab y Kinchil sí cuentan con interés legítimo para promover un juicio contra la Norma Técnica Ambiental NTA-001-SDS-22, relacionada con la regulación de granjas porcícolas en Yucatán.
Con una decisión unánime, el Pleno de la Corte aprobó el proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, mediante el cual se revocó la resolución emitida previamente por el Juzgado Primero de Distrito en Yucatán, que había desechado la demanda al considerar que las personas promoventes no acreditaban una afectación directa.
La demanda fue presentada por habitantes mayas de Chapab y Kinchil con acompañamiento de Kanan Derechos Humanos A.C., quienes argumentaron que la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Yucatán publicó la norma ambiental el 23 de diciembre de 2022 sin realizar un proceso de consulta previa, libre e informada a las comunidades presuntamente afectadas por la actividad de la industria porcícola.
Además, señalaron que la regulación omitió incluir la consulta indígena como requisito para la instalación o regularización de futuras granjas porcícolas en la entidad.
En su resolución, la Suprema Corte consideró que sí existe interés legítimo de las personas promoventes para reclamar posibles violaciones al derecho de consulta indígena, al tratarse de comunidades donde opera este tipo de industria. También concluyó que existieron irregularidades procesales debido a que el juzgado rechazó admitir una ampliación de la demanda presentada posteriormente.
Con ello, la Corte ordenó reponer el procedimiento judicial para que el Juzgado de Distrito admita dicha ampliación y emita una nueva sentencia analizando el fondo del asunto.
El fallo no invalida por ahora la Norma Técnica Ambiental sobre granjas porcícolas, pero sí representa un precedente sobre el derecho de integrantes de comunidades indígenas a acudir al juicio de amparo en asuntos relacionados con derechos colectivos, territorio y medio ambiente.
Organizaciones acompañantes señalaron que la resolución abre una nueva etapa en la disputa jurídica sobre la industria porcícola en Yucatán y fortalece la defensa de derechos indígenas frente a conflictos socioambientales en la entidad.
